domingo 22 de abril de 2018
Acuerdo Pensiones
4 de marzo de 2011
A partir de ahora habrá dos edades ordinarias de jubilación (65 y 67)
La edad ordinaria de jubilación se mantiene a los 65 años, no ha desaparecido. Dentro del nuevo concepto de “jubilación flexible”, ahora existirá la posibilidad de acceder a la jubilación en diferentes edades desde los 61 años hasta los 67 años, en función del esfuerzo de cotización previo que haya realizado el trabajador y su situación profesional. La edad de acceso a la jubilación estará determinada en buena medida por el esfuerzo previo de cotización que hayan realizado los trabajadores, lo que refuerza la equidad y la justicia interna de la medida.
Acuerdo Pensiones
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